Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología

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Gobierno Digital

 

De acuerdo al artículo 10 de la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, cada sujeto de la misma integrará un Comité Interno, con la finalidad de realizar acciones de apoyo, orientación y ejecución para el cumplimiento del objeto de la Ley y la organización y funcionamiento de los Comités Internos deberá apegarse a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley antes referida.